Ordena el ENJUICIAMIENTO del joven acusado IDENTIDAD OMITIDAD, conforme al artículo 578 literal a) de la LOPNA, quedando detenido con la imposición de la medida cautelar de Prisión Preventiva Judicial prevista en el artículo 581 de la Ley in comento, para asegurar su comparecencia al Juicio Oral y Privado que pesa en su contra, por estar presuntamente involucrado en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO en ejecución de un Robo, tipificado en el articulo 408 numeral 1ro. del Código Penal.