DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera instancia en Función de Control Nº 01 de la Sección de Responsabilidad Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Decreta la detención como legitima toda vez que existen Ordenes de Aprehensión en su contra por los Tribunales 1º de Control y Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Niño, Niña y del Adolescente. SEGUNDO: En resguardo del articulo 49 numeral 4º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y vista las solicitudes de las partes, este tribunal ACUERDA la declinatoria de la competencia de la presente causa, seguida en contra del adolescente identidad omitida, titular de la cedula de identidad Nº V-19.445.931, quien es de nacionalidad Venezolana, lugar de nacimiento La Guiara estado Vargas; nacido en 07-03-1988, de 21 años de edad.....