CONDENA por el procedimiento de Admisión de Hechos, a los acusados JOSE GABRIEL VEGAS y NICASIO ALEXANDER ECHARRY CRUZ, por encontrarlos penalmente responsables, al primero de los nombrados por la comisión de los delitos ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificados en los artículos 460 y 278 ambos del Código Penal, a cumplir con la sanción de Privación de Libertad por el lapso de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES conforme al 628 de la LOPNA, y para el segundo de los prenombrados por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMLLICE NO NECESARIO tipificado en el artículo 460 en relación al 84 ordinal 3ro. ambos del Código Penal a cumplir las siguientes sanciones simultáneamente: LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (2) años, obligándose a someterse a la supervisión, asistencia y orientación de una persona designada por el Juez de Ejecución de acuerdo al artículo 626 de la LOPNA, un SERVICIO A LA COMUNIDAD por seis (6) meses, laborando ocho (8) horas semanales e.....