DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE, al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, y lo CONDENA a cumplir la sanción PRIMERO: Libertad Asistida, Servicios a la Comunidad e Imposición de Reglas de Conducta, entre las cuales deberá: 1.- No portar ningún tipo de arma de fuego o armas blancas; 2.- Integrarse al sistema educativo y laboral, a los fines de continuar con su proceso de formación personal y académica 3.- No consumir sustancias estupefacientes ni psicotrópicas, ni dejarse acompañar por personas o lugares donde as consuman expendan y 4.-Presentarse ante el ente que tenga a bien designar el Tribunal de Ejecución. Todas las sanciones a cumplir de manera simultánea y por el lapso de Seis (06) meses en lo relativo a Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta y por el lapso de TRES (03) meses la sanción de Servicios a la Comunidad, todo de conformidad con lo pautado en los artículos 620, literales b, c y d; 626, 625, 624 y 622, Parágrafo Primero, todos de la Ley Orgánica para la Protecc.....