Por todo el razonamiento de hecho y derecho antes descrito, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la Causa incoada al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por cuanto el hecho objeto del proceso denunciado no se realizó, y así la Fiscalía no cuenta con elementos en esta investigación para materializar ningún delito, decisión conforme a los artículos 318 numeral 1ro. del COPP en concordancia con el 561 literal d) de la LOPNNA, en consecuencia se le otorga Libertad Plena por esta causa a este muchacho.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a la Fiscalía y al adolescente. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE CONTROL
Abg. ANNEILY RAMOS
Con esta misma fecha se dio cumplimient.....