Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: IMPONE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado VASQUEZ MARTINEZ ISIDRO ROBERTO, de nacionalidad Venezolano, quien nació en fecha 13-05-1960, en la Guaira, titular de la Cedula de Identidad N° 6.483.007, hijo de Otilda Martínez y de Isidro Vásquez, de profesión u oficio Vigilante Automercado la Guzmania, residenciado en: Barrio El Teleférico, callejón Poleto, casa S/N, color verde, Macuto, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, en relación con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Culposas Menos Graves y Porte Ilícito de Arma de.....