DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de ciudadano NELSON ALEJANDRO BARRETO REYES, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 21-06-85, de 18 años de edad, de profesión u oficio Ayudante de Gandola, hijo de Maria Esperanza Reyes y Nelson Barreto Rodríguez, estado civil soltero, indocumentado, residenciado en: Urbanización Romulo Gallegos La Soublette bloque 12 apartamento B-2, Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 2° y 3° del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INMOVILES según lo establecido en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en relación al ciudadano CHINEA LEON YORMAN JOSÉ y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTACCIÓN en relación a la ciudadana YOHANA DUBRASCA LESMA según lo establecido en el artículo 408 concatenado con el artículo 80 del Có.....