En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE en su totalidad la acusación presentada por el Ministerio Publico, así como los medios de pruebas promovidas por la representación fiscal por el delito de ROBO AGRAVADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 458 y 218 en concordancia con el articulo 87 esjudem, por constituir un concurso real de delito ambos del Código Penal, haciendo la excepción que en cuanto a las documentales las mismas deben ser ratificadas en el tribunal de Juicio correspondiente por quienes las suscriben SEGUNDO Oída la manifestación de voluntad del acusado de no admitir los hechos, se ordena el auto de apertura al Juicio Oral y Público, en contra del acusado MEDINA ARIAS J.....