Impone medida cautelar sustitutiva al ciudadano OMAR RAMON VELASQUEZ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256, numerales 3°, referido a la presentación cada quince días por ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, 4°, referido a la prohibición de salir de país sin autorización y 9° referido a la prohibición de acercarse al lugar donde ocurrieron los hechos denunciados como delito.