Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Dra. ANCCELUT PRIETO MALDONADO, en su condición de Fiscal Superior Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y en consecuencia ACUERDA a partir de la presente fecha, protección al Adolescente: CARLOS EDUARDO BOZO PACHECO, venezolano, natural del estado Vargas, de profesión oficio: estudiante, de 12 años de edad, residenciado en: Las tunitas, Calle Libertad, casa sin numero, de tres pisos, cerca de la escuela inmaculada, a cuatro casas de la bodega del señor Pedro (queda en la curva), Catia la Mar, estado Vargas, y su grupo familiar, de conformidad con los artículos 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.....