PRIMERO: Se decreta la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano YREISY DEL CARMEN FERRER RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad V-17.565.915 de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas TERCERO: Se ordena como sitio de reclusión el Instituto Nacional de Orientación Femenina. CUATRO: Se niega la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva, por existir peligro de fuga, conforme al artículo 251, ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal. QUINTO: Se acuerdan las copias solicitadas por la defensa.