DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos. PRIMERO. CONDENA al acusado DILONE CANTILLO DERVIS DIOGENES, de Nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 09-10-1982, de 25 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de DIOGENES DILONE y GIORGINA ISABEL CANTILLO, residenciado en La Avenida Bella Vista con calle 32, edificio D-Morales, piso 01, apartamento 12, Maracaibo, Estado Zulia, y titular de la cédula de identidad N° V- 18.709.448, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, COMO AUTOR RESPONSABLE DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la novísima Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO. S.....