DECLARA CON LUGAR, la solicitud planteada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público en el Estado Vargas, Dr. LENIN DEL GUIDICE, mediante la cual requiere conforme al artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, prorroga de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada en contra del ciudadano JAN CARLOS LOPEZ DIAZ, cédula de identidad V-24.177.503, contra quien se sigue causa penal por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal;, otorgándose en consecuencia el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS MESES de prórroga conforme a lo previsto en el citado artículo 230 del texto adjetivo penal.