DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos. PRIMERO. CONDENA al acusado RICARDO MANUEL MANEIRO GONZALEZ, de Nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 26-02-1977, de 31 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Diseñador de Arte, hijo de José Maneiro (f) e Irma González (v), residenciado en: Avenida Presidente Medina, Edificio Auyantepuy, piso 2, apartamento 02, Las Acacias, Avenida Victoria, Caracas, Teléfono 0412-725.44.01 y titular de la Cédula de Identidad N° 12.764.597, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, COMO AUTOR RESPONSABLE DEL DELITO DE TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUND.....