DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido en contra del ciudadano JOSE ALEJANDRO VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.983.008 quien dijo ser de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 08/05/1985, de 25 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Janeth Velazquez (v) y Padre desconocido, y con residencia en Catia la mar, vía eterna, el tanque, callejón Guamaso, casa s/n, cerca de la bodega del Sr. Lecco, estado Vargas., por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para la fecha de los hechos, ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y 44, ordinales, 1, 2, 3, 8, 9 y primer y último aparte, ambos del Código Orgánico Procesal Penal fijando el plazo del régimen de prueba en UN AÑO y la obligación de cumplir con las condiciones aquí impuestas.....