Con base a los anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, impuesta al acusado CARLOS EDUARDO DOMINGUEZ LEON, titular de la cédula de identidad N° V-14.071.560, plenamente identificado en la presente causa, otorgada en fecha 09-05-2007, por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 262, ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia ordena la PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD.-
Publíquese, diarícese, notifíquese y líbrese el respectivo oficio, anexando la correspondiente boleta de encarcelación y notifíquese a las partes intervinientes.-
EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,
LUIS EDUARDO MONCADA IZQUIERDO
LA SECRETARIA
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