En base a las argumentaciones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera que lo procedente y ajustado a derecho es; PRIMERO: Se acuerda librar oficio dirigido al Sistema Integrado de Policía (SIPOL) del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a los fines que sea excluido de pantalla como persona solicitada. SEGUNDO: Declara SIN LUGAR, la solicitud de extensión de presentaciones, por cuanto el ciudadano KANENGSON RENE SUAREZ SOSA, NO ha asistido a la sede del alguacilazgo de este circuito Judicial Penal a cumplir regularmente con el régimen de presentaciones impuesto por este Tribunal, es decir, debe presentarse cada ocho (08) días ante la sede del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, razón por la cual se ordena al mencionado ciudadano que cumpla con di.....