CONDENA en virtud del procedimiento por Admisión de los hechos, al Ciudadano GABRIEL RODRÍGUEZ DUARTE, de nacionalidad Venezolana, natural de Coloncito, Estado Táchira, donde nació en fecha 08-01-1978, de 26 años de edad, estado civil casado, de profesión u oficio comerciante, hijo de Teofilo Julio Rodríguez y de Socorra Duarte de Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 12.846.975, residenciado en San Juan de Colon, casa N° 948, Estado Táchira, A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, COMO AUTOR RESPONSABLE DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; todo de conformidad con los artículos 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en relación con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal y 37 del Código Penal.