DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano ALBERT ALBERTO BORJAS JASPE, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 16.01.86, de 20 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Luis Alfredo Borges (v) y de Mercedes Jaspe (v), estado civil soltero, residenciado en la Avenida Intercomunal de Macuto, detrás de la Panadería Los Golpeados, Quinta San Onofre, Estado Vargas y Titular de la Cédula de Identidad 18.709.346, de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 318 ordinal 3 en concordancia en el artículo 48 ordinal 7 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haber cumplió a cabalidad todas las condiciones del Beneficio de Suspensión Condicional del Proceso impuestas por este Juzgado en fecha 08 de noviembre de 2004.