CONDENA a los ciudadanos TULIO ADVINCULA PERLAZA, YAMILEC MURILLO ADVINCULA y JACQUELINE GARCES ANGULO, ampliamente identificados al inicio de la presente sentencia, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Substancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos