ABSUELVE a las ciudadanas DAISY MARGARITA GIRON DÍAZ, venezolana, de 39 años de edad, natural de La Guaira. Estado Vargas, de profesión u oficio Facturadota en la Almacenadota Andromeda, residenciado en la Urb. El Rincón. Bloque 8. Apartamento No. 6. 2º Piso. Parroquia Maiquetía Estado Vargas, titular de la Cédula de Identidad No. 6.920.184 y ISMAHELIA CLEYDI MAYORA, venezolana, de 30 años de edad, de profesión u oficio Auxiliar de Facturación en la Almacenadota Andrómeda, residenciada en la Urb. Soublette. Calle Victoria. Casa No. 26-46. Parroquia Catia La Mar. Estado Vargas, titular de la Cédula de Identidad No. 11.641.661, de la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 464 numeral 1º último aparte del Código Penal en relación con el artículo 84 numeral 3º ejusdem. Todo de conformidad con lo establecido en los artículo 22 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta el cese de toda medida ca.....