DECLARA INADMISIBLE la acusación privada incoada en contra de la ciudadana MARIA VIOLETA DE PERRET GENTIL, interpuesta por el Abogado GUSTAVO BESSON BELLORIN, al faltar un requisito de procedibilidad, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 405, en concordancia con los artículos 401, ordinal 7º y 415, todos del Código Orgánico Procesal Penal.