De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Procesal Penal, se especifica las fechas a partir de las cuales el penado PATRICIA SALAZAR PERDOMO, podrá solicitar los beneficios que establece la Ley.
a.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena, que es igual a DOS (02) AÑO Y SEIS (06) MESES, la cual cumplió el 19-06-98.
b.- REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena, que es igual a TRES (03) AÑO Y CUATRO (04) MESES, la cual cumplió el 19-04-99.
c.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las 2/3 partes de la pena, que es igual a SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES, la cual cumplió el 19-08-2002.
d.- CONFINAMIENTO: Al cumplir las 3/4 partes de la pena, que es igual a SIETE (07) AÑO Y SEIS (06) MESES, la cual cumplió el 19-06-2003.
CUARTO: Quedará obligada igualmente al pago de las costas procesales para reponer los folios de papel invertido a razón de DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs.296,oo) por hoja utilizada en lugar de papel se.....