DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano EUMIR CLEINTON GARRIDO FERRER, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, en virtud de haber sido absuelto por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, de la acusación fiscal por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO Y ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9° de la Ley Especial sobre el Hurto y Robo de Vehículos, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.