DECRETA LA LIBERTAD PLENA, al ciudadano RICHARD MANUEL MAYORA, arriba identificado, quien fuese condenado por el Juzgado Unipersonal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454, ordinal 8°, del Código Penal, al haber cumplido la totalidad de la misma, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 105 ejúsdem.