Con base a la motivación precedente este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA el otorgamiento de la fórmula de cumplimiento de pena relativa al TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL, del penado JESUS RAMON DIAZ RODRIGUEZ, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, con fecha de nacimiento el 26/03/61, de 44 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, portador de la cedula de identidad N° 6.075.153, por no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.