DECRETA LA LIBERTAD PLENA de los ciudadanos CARLOS AUGUSTO AGUILERA LOZANO, de nacionalidad Venezolana, natural de Carayaca, nacido el 21-08-1981, de 23 años de edad, portador de la Cédula de Identidad Nro. V-14.769.487, de estado civil soltero, residenciado en Carayaca Barrio Arenal, sector la Pila casa sin nro., Estado Vargas, de profesión oficial de policía y JEAN CARLOS MAYORA, de nacionalidad venezolana, natural de Carayaca, nacido el 26-11-1980, de 24 años de edad, portador de la Cédula de identidad Nro. V-15.266.116, de estado civil soltero, residenciado en Carayaca Barrio Arenal, sector la Pila, casa sin Nro. Estado Vargas, de profesión agricultor, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 26-05-05, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 460 del Código Penal.