DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano JORGE FRANCISCO BRACHO SOSA, por cumplimiento de la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISION, impuesta en fecha 31-10-2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES previsto y sancionado en el último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal.