DISPOSITIVA.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al penado ALEXANDER DAVID CALLE RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº 16.857.694, quien es de nacionalidad Venezolano, natural Caracas nacido el 18-08-1984, de estado civil soltero, de profesión u oficio Funcionario Policial, residenciado en la Carretera Negra la Vega, Los Mangos Callejón Cedro Nº 135, Caracas, Distrito Capital, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, en virtud del cumplimiento de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido de los artículos 24 y 272, ambos de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en la disposició.....