DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana JULIA YISET IRIARTE BRITO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.575.769, a favor de los adolescentes y niños: ELIANDRY YISET, ADRIAN ALBERTO, GABRIEL ENRIQUE y ANTHONY HAROL MENDEZ IRIARTE, de quince (15), trece (13), diez (10) y ocho (08) años de edad respectivamente, contra el ciudadano JESUS ALBERTO MENDEZ VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.002.437. En consecuencia se Fija la cantidad de BOLIVARES CIENTO SIETE MIL SETENTA Y OCHO CON CUARENTA CENTIMOS (Bs.107.078, 40) mensuales la Obligación Alimentaria a favor de sus mencionados hijos, lo cual equivale a Un Tercio (1/3) del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional. Asimismo, este Tribunal fija Dos (02) sumas adicionales, por la cantidad de BOLIVARES CIENTO SIETE MIL SETENTA Y OCHO CON CUARENTA CENTIMOS (Bs.107.078, 40) cada una, .....