Por las razones antes expuestas, este Juez Unipersonal N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE LUIS PEREZ NAVARRO y CARMEN JULIA MATAS SIMANCAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-14.312.246 y V-13.375.123, respectivamente, debidamente asistidos por el Profesional del Derecho MIREYA MONTENEGRO, abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 71.042, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos JOSE LUIS PEREZ NAVARRO y CARMEN JULIA MATAS SIMANCAS, en fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil (2.000) por ante la Primera Autoridad Civil de a Pa.....