Se declaró de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TÍTULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías descritas en el escrito de solicitud, a favor de la ciudadana LUISA ZAMORA DE SEQUERA, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-2.898.922, y su cónyuge GUILLERMO RAMON SEQUERA, sin mas identificación en autos, dejando a salvo el derecho de terceros.