Se declara CON LUGAR la demanda que por DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue MARIA DOS RAMOS DE MONIZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Número 10.576.897 contra el BANCO DE VENEZUELA, S.A.C.A, Instituto Bancario domiciliado en la ciudad de Caracas, constituido originalmente por ante el Juzgado de primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal, en el tercer Trimestre de 1890, bajo el número 33, folio 36 vuelto del Libro de Protocolo Duplicado, inscrito en el Registro de Comercio del Distrito Federal,, el día 02 de Septiembre de 1890, bajo el Número 56, modificados sus Estatutos Sociales, la última de las cuales consta en asiento inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 24 de Marzo de 1997, bajo el número 43, Tomo 147 A Sgdo.. En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar a la actora:
PRIMERO: la cantidad de NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL .....