este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Medicación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Vargas, y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud realizada por la profesional del derecho CAROL YURIMA MARQUEZ RODRIGUEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 100.610, actuando en su carácter de apoderada judicial de las partes actoras en el presente juicio, en cuanto al cese del Poder por revocación tácita otorgado al Profesional del Derecho FREDY GERARDO RIVAS CASTILLO, por la presentación del Poder otorgado a los Profesionales del derecho: JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO Y WILFREDO ENRIQUE LANDAETA RODRIGUEZ, inscritos en el instituto de Previsión Social del abogado bajo los N° 42.221 y 286.367, respectivamente, por el ciudadano CARLOS ROLANDO LIZCANO MANRIQUE, en la presente causa en cuanto a las entidades de trabajo codemandadas: SALVA FOODS 2015, C.A., y SALVA LOGISTICS, C.A......