Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción interpuesta por la demandante. En tal sentido, se condena a la parte demandada empresa: "ASOCIACION COOPERATIVA VISEPROT. R,L, " al reenganche de la trabajadora a su puesto de trabajo en las mismas condiciones y con el mismo salario que percibía antes del despido, con el consecuente pago de los salarios dejados de percibir