DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de divorcio fundamentada en el ordinal 2°) del artículo 185 del Código Civil, incoada por la ciudadana ARCELISABEL SILVA ANGULO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. V-7.998.018 en contra del ciudadano DIMAS EDUARDO PAREDES BERMUDEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.889.196. En consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos ARCELISABEL SILVA ANGULO y DIMAS EDUARDO PAREDES BERMUDEZ, que contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del Estado.....