Por todo lo antes expuesto, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial. Administrando Justicia y por la Autoridad que le confiere la Ley declara: CON LUGAR, la Conversión en Divorcio de la solicitud de Separación de Cuerpos, formulada por los ciudadanos MARIA ALEXANDRA ESPINOZA LARET y LUIS ENRIQUE PORRAS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Números V- 17.958.990 y V-19.135.870, respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho MARIA TERESA BRITO CARRICATI, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.637.333, en consecuencia, SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, contraído en fecha tres (03) de marzo del Dos Mil doce (2012), por ante el Registro Civil de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas cuya acta corre inserta bajo el acta Nº 018, corres.....