Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos NAIDOVYS DEL CARMEN CACHARUCO DE MAYORA Y NESTOR FRANCISCO MAYORA ROMERO, venezolanos, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V- 11.644.185 y V- 8.176.773, respectivamente, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas, en fecha 11/07/1990, asentada bajo el N° 59, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes