Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Del Tránsito del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio previsto en el artículo 185-A del Código Civil; y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos NELSY NORAIDA LIENDO y YOVANNY JESUS SANCHEZ, cónyuges, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.920.086 y V-11.642.615, respectivamente, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caruao, Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy, estado Vargas).