Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos: HERMENEGILDA PACHECO DE CARRERA, RICARDA LOLIMAR CARRERA PACHECO, MARIA DEL MAR CARRERA PACHECO, VICENTE RAMÓN CARRERA PACHECO y CARLOS MARCELINO CARRERA PACHECO mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-3.365.438, V-10.576.010, V-11.638.408, V-11.638.409 y V-6.469.210 respectivamente, con respecto a su causante MARCELINO CARRERA, ello dejando a salvo el derecho de terceros.