Se dicto sentencia declarando TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana, ALIDA HERRERA ESPINOZA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.563.273, sobre las bienhechurías descritas en su solicitud y en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DPPCUC-CEB-167-2021, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.