Se DA POR CONSUMADO el acto de desistimiento formulado por el Apoderado Judicial de la parte solicitante, Abogado EUDO AVILA MARTINEZ (ampliamente identificado en el encabezamiento del presente fallo), y en consecuencia, lo homologa en todas y cada una de sus partes con fuerza de cosa juzgada, ello de conformidad con lo pautado en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.