Se declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES NIEVES MOLINA, WILLIAN CESAR NIEVES MOLINA, WALTER WILLIAN NIEVES MOLINA, FRANCELI ANDREINA NIEVES MAZA, titulares de las cédulas de identidad números, V-16.308.606, V-12.165.300, V-15.025.496, y V-15.831.648, respectivamente, con respecto al de cujus WILLIAN CESAR NIEVES BORGES, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.