Se declara: PRIMERO: Se decreta la Interdicción Provisional de DOLORES MARIA RODRIGUEZ DE VALERIANO, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N°V- 7.995.057.-SEGUNDO: Se designa como Tutor Interino a la ciudadana LILIBETH MARIA VALERIANO RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° 7.999.476, en su condición de hija de la presunta entredicha. Notifíquese a la designada, a los fines de su aceptación y juramento de ley. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena expedir copia certificada del presente decreto a los fines de su registro y publicación. TERCERO: Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico de la presente decisión. Conforme a lo pautado en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir formalmente el proceso por los trámites del juicio ordinario, advirtiéndose que por efectos derivados del presente decreto y de conformidad con lo disp.....