Este Tribunal declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos LEANY NEIVIS GARBAN, MIRLAY ANEIKA GARBAN, ENYURY MERLIKA GARBAN y BRICELIS SULEIKA GARBAN venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.725.412, V-13.225.322, V-18.141.315 y V-14.073.610, respectivamente, con respecto del de cujus: CELIA CRUZ GARBAN MARTINEZ, quien falleció en fecha 13/04/2016 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-4.564.244, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.