CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia N° 1070-2016, en concordancia con la sentencia N° 136-2017, emanadas de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos: JOSÉ LUIS DELGADO GONZALEZ y DINORAH MAGALY PORRAS DE DELGADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.268.644 y V- 5.096.528, respectivamente, contraído por ante la Sala del Juzgado Cuarto de Parroquia, departamento Vargas, municipio Vargas del estado La Guaira, tal y como se evidencia del acta de matrimonio N° 07, folios 17 y su vto., y 18 y su vto., de los libros de actas de matrimonio llevados por ese despacho, correspondiente al año 1980. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.