Por los razonamientos anteriores, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrado Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, introdujo el ciudadano: ANTONIO GUAICAIPURO GUERRERO, contra la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA NECHMEDICA C.A., ambas ampliamente identificadas en la parte narrativa de la presente decisión.