que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano: WILFREDO ANTONIO PAOLI MOLINA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V.-6.495.970, sobre las bienhechurías descritas en su solicitud y en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DPPCUC-CEB-189-2021, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.