este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para conocer de la presente causa de Reconocimiento de Contenido y Firma, interpuesta por la ciudadana THAIS ORTEGA VEGA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.993.406, actuando en representación nombre de la ciudadana CORINE MADELINE MOGOLLON SERRANO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.842.053, asistido por el abogado SANTIAGO JUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 152.416. En contra del ciudadano PEDRO ANTONIO PULIDO VARELA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-1.874.486, en consecuencia, se ordena remitir el presente asunto mediante oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del.....