Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, al ciudadano JAVIER JIMENEZ SOSA, mayor de edad, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 5.092.874, así como a sus hermanos WILLIAM AGESSEN JIMÉNEZ SOSA, OSCAR ALEXIS JIMÉNEZ SOSA, MIRIAM JIMÉNEZ DE GARCÍA, LLELY MAGALY JIMÉNEZ DE MENDOZA, TELLIS MARGARITA JIMÉNEZ DE PEÑA y LIGIA BEATRIZ JIMÉNEZ DE TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-6.479.883, V-3.367.086, V-5.092.876, V-2.904.484, V-1.459.430, Y V-4.562.113 respectivamente, con respecto a su causante, FELIX GUSTAVO JIMÉNEZ SOSA, dejando a salvo el derecho de terceros.